Se pronuncia Yoloczin Domínguez sobre el tema de las ’Elecciones consecutivas’


A continuación se presenta la postura de la legisladora de Morena en el Congreso de Guerrero

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Se pronuncia Yoloczin Domínguez sobre el tema de las ’Elecciones consecutivas’
Política
Junio 03, 2020 19:44 hrs.
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Redacción › codice21.com.mx

Queridos amigos en el 2014 se realizaron varias reformas a nuestra Carta Magna, lo único que se hizo fue reglamentarlo para no dejar el vacío y atender lo que establece la Constitución para posibilitar la elección progresiva en determinados cargos de elección popular, en específico con los siguientes artículos, ahora lo explico:

Artículo 59. Los Senadores podrán ser electos hasta por dos periodos consecutivos y los Diputados al Congreso de la Unión hasta por cuatro periodos consecutivos.

Artículo 115. En su fracción I, párrafo segundo menciona: Las Constituciones de los estados deberán establecer la elección consecutiva para el mismo cargo de presidentes municipales, regidores y síndicos, por un periodo adicional, siempre y cuando el periodo del mandato de los ayuntamientos no sea superior a tres años.

Artículo 116. En su fracción II, párrafo segundo dice: Las Constituciones estatales deberán establecer la elección consecutiva de los diputados a las legislaturas de los Estados, hasta por cuatro periodos consecutivos.

Me gustaría comentarles, ya que han surgido dudas al respecto de que si los legisladores no pueden ser obligados a separarse de sus cargos mientras buscan la elección progresiva que les permita permanecer en los mismos, ¿eso significa que pueden ’hacer campaña’ (proselitismo) de forma ilimitada?

La respuesta por supuesto es NO, Sí tienen límites constitucionalmente razonables; entre estos los establecidos por la interpretación jurisprudencial del cardinal 134 de la Norma Fundamental, al respecto, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al fallar las diversas acciones de inconstitucionalidad 40/2017 y sus acumuladas —incluida la 29/2017 y sus acumuladas—, sostuvo lo siguiente:

Los Diputados locales que pretendan ser reelectos, podrán optar por no separarse de su cargo, mientras cumplan con las siguientes reglas y restricciones:
a) No podrán realizar actos de campaña en días y horas hábiles propias de su encargo; b) No podrán utilizar recursos públicos, ya sean humanos, materiales o económicos que les correspondan para el ejercicio de su encargo;

c) No podrán ocupar al personal adscrito a la nómina del Congreso del Estado, para realizar actos de campaña en horario laboral, y

d) Deberán cumplir con las obligaciones inherentes a su encargo como Diputado.

Hay algo que no menciona la SCJN pero considero sumamente importante es que la prolongación del mandato no depende únicamente de lo que establezca la Constitución o lo permitido por las normas electorales, si no, fundamentalmente del electorado con ello dando oportunidad al legislador de continuar su trabajo legislativo si así lo permite la ciudadanía, no significa que dicha elección progresiva sea obligatoria, y que deba entenderse que "tendrán que ser reelectos", sino únicamente que dichos funcionarios, cuentan con esa garantía para efecto de que al momento de terminar el periodo de su cargo, puedan ser evaluados como ya lo mencione por la ciudadanía, y en caso de haber demostrado que durante el desempeño de su cargo lo realizaron con honorabilidad, excelencia y honestidad, puedan ser nuevamente electos, no tengo la menor duda de quien la obtenga, es porque está haciendo bien las cosas y es con la garantía de la sociedad al trabajo que realizan.

Por supuesto que habrá puntos de vista diferentes y es muy respetable, pero no tratemos de mal informar a los Guerrerenses solamente estamos cumpliendo con lo que estable la Constitución Federal, adecuándolo a la Ley 483 de Instituciones y procedimientos electorales, cabe mencionar que ya 24 estados dieron cumpliendo con lo que dicta nuestra Carta Magna, diferentes estados existen Jurisprudencias que no obligan al funcionario a separarse del cargo, dictaminando la Inconstitucionalidad.

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